
¿Trabajas con control de consumo? Si usas controladores de flotas tenemos buenas noticias para ti. Sigue leyendo, estos surtidores con controlador son equipos preparados para lla devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos. Puedes acceder a la devolución de hasta 2450 € anuales por vehículo. Se trata de una medida de ayuda extraordinaria y temporal. Este 2023 la ayuda dejará de teer carácter general y sólo se podrán beneficiar de ella los profesionales, pero esto no es lo único que cambia
Devolución Gasóil Profesional
Desde el 1 de enero de 2023 puedes acceder a la devolución de 0,2€/litro adicionales de la ayuda extraordinaria y temporal para los profesionales del transporte por carretera que son beneficiarios del gasóleo profesional. Esta ayuda se aplicará directamente al realizar el procedimiento de devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos. Se abonará a la cuenta bancaria donde cada beneficiario recibe las devoluciones por gasóleo profesional.
El importe será de:
- 20 céntimos/litro por los consumos del 01/01/2023 a 31/03/2023.
- 10 céntimos/litro por los consumos del 01/04/2023 a 30/06/2023.
¿Cuál es el procedimiento de devolución?
El procedimiento para la práctica de la devolución se desarrolla en la Orden HAP/290/2013, de 19 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por consumo de gasóleo profesional. Así pues, se trata de 3 sencillos pasos en los que te podemos ayudar:
- Inscripción en el censo de beneficiarios y vehículos
Si eres titular de un vehículo con derecho a esta devolución, debes inscribirte en el censo de beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional y de vehículos de su titularidad, con carácter previo a los consumos de gasóleo profesional. La inscripción se realiza cumplimentando la solicitud disponible en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la que debes reflejar distintos datos.
- Pago del gasóleo y solicitud de la devolución
Suministros de venta al pormenor. En este primer caso de suministros de gasóleo en instalaciones de venta al por menor, se debe efectuar el pago del gasóleo suministrado con tarjetas-gasóleo profesional.
Suministros de consumo propio. En el caso de suministros de gasóleo en instalaciones de consumo propio, los titulares de estas instalaciones deben inscribirse en el Registro Territorial. Del mismo modo, deben contar con una serie de requisitos distintos al caso anterior. Contacta con nuestro equipo si quieres que te ayudemos con la devolución del gasóleo profesional.
- Tramitar de las solicitudes de devolución y acuerdo de pago
Al finalizar de cada mes natural la Agencia Tributaria acordará la devolución de las cuotas correspondientes. ¿Cómo procederá? En base a la información de los suministros de gasóleo profesional remitida por las entidades emisoras de tarjetas y los que son titulares de las instalaciones de consumo propio. Para el cálculo de la devolución se aplicará el tipo de la devolución vigente en la fecha de cada suministro. La devolución se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario en la solicitud de inscripción en el Censo de gasóleo profesional.
¿Cuál es la cantidad máxima de la devolución del gasóleo profesional?
La cuantía máxima de la devolución a percibir no puede exceder de la que correspondería a 50 000 litros de gasóleo por vehículo y año, salvo que se trate de taxis, en cuyo caso la cuantía máxima de la devolución no excederá de la que correspondería a 5000 litros por taxi y año.
Desde el 1 de enero de 2019, la devolución funciona de la siguiente manera. La devolución del gasóleo profesional es la suma del importe positivo resultante de restar 306 euros/1000 litros del tipo general del epígrafe 1.3 del artículo 50 de la Ley 38/1992 más el importe de 48 euros/1000 litros del tipo especial de este epígrafe.
Requisitos para acceder a la devolución
Los que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional deben trabajar con controladores de flotas perparados para ello. Si eres titular de los vehículos mencionados y cumples los requisitos indicados:
- Transporte de mercancías por carretera. Puedes acceder a la devolución del gasóleo profesional si usas vehículos de motor o conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera. Puede ser por cuenta ajena o por cuenta propia, y con peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
- Transporte de pasajeros. Para aquellos vehículos de motor destinados al transporte de pasajeros de forma regular u ocasional. Además están incluidos en las categorías M2 o M3 de las establecidas en la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970.
- Los taxis destinados al servicio público de viajeros bajo licencia municipal y provistos de aparato taxímetro.
Para optra a la devolución del gasóleo profesional hace falta detallar la siguiente información de cada uno de tus vehículos en los que se consuma gasóleo profesional.
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- Matrícula y Estado Miembro de matriculación.
- Fecha de inicio en la actividad.
- Peso máximo autorizado.
- En el caso de vehículos de matrícula española, número de la tarjeta de transporte de mercancías o de viajeros (licencia de transportes), concedida por el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, o de la licencia municipal de taxi y municipio a que la misma corresponde.
- En vehículos matriculados en el resto de la UE, será necesario anotar el número de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de transporte y organismo expedidor de la autorización, si la normativa de su estado de residencia lo exige.